La violencia es el uso inmoderado de la fuerza (física o
psicológica) por parte del violento o agresor para lograr
objetivos que van contra la voluntad del violentado
o víctima. Pero la violencia
puede proyectarse no solo contra personas, sino contra animales (crueldad
hacia los animales), plantas, objetos artísticos o religiosos (iconoclastia) o no y entornos
naturales o medioambientales (contaminación ambiental). Puede incitarse
con diversos estímulos y puede manifestarse también de múltiples maneras
asociada igualmente a los variados procedimientos de la humillación, la
amenaza, el rechazo, el acoso o las agresiones verbales, emocionales, morales o
físicas. La consecuencia puede ser y es casi en todos los casos la lesión o
destrucción en parte o en todo de un ser o grupo humano, por un lado; de un
animal o de una especie natural, por otro; o de objetos, bienes y propiedades
raramente propios y más frecuentemente ajenos o comunes.
Tipos de violencia
Son
las formas a través de las cuales se ejerce una modalidad de violencia:
·
Violencia física
Es la acción o conducta, que causa daño a la integridad corporal o a la salud. Se incluye el maltrato por negligencia, descuido o por privación de las necesidades básicas, que hayan ocasionado daño físico o que puedan llegar a ocasionarlo, sin importar el tiempo que se requiera para su recuperación.
Es la acción o conducta, que causa daño a la integridad corporal o a la salud. Se incluye el maltrato por negligencia, descuido o por privación de las necesidades básicas, que hayan ocasionado daño físico o que puedan llegar a ocasionarlo, sin importar el tiempo que se requiera para su recuperación.
·
Violencia
psicológica
Es la acción o conducta, tendiente a controlar o aislar a la persona contra su voluntad, a humillarla o avergonzarla y que puede ocasionar daños psíquicos.
Es la acción o conducta, tendiente a controlar o aislar a la persona contra su voluntad, a humillarla o avergonzarla y que puede ocasionar daños psíquicos.
·
Violencia sexual
Son acciones de naturaleza sexual que se cometen contra una persona sin su consentimiento o bajo coacción. Incluyen actos que no involucran penetración o contacto físico alguno. Asimismo, se consideran tales la exposición a material pornográfico y que vulneran el derecho de las personas a decidir voluntariamente acerca de su vida sexual o reproductiva, a través de amenazas, coerción, uso de la fuerza o intimidación.
Son acciones de naturaleza sexual que se cometen contra una persona sin su consentimiento o bajo coacción. Incluyen actos que no involucran penetración o contacto físico alguno. Asimismo, se consideran tales la exposición a material pornográfico y que vulneran el derecho de las personas a decidir voluntariamente acerca de su vida sexual o reproductiva, a través de amenazas, coerción, uso de la fuerza o intimidación.
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Violencia económica
o patrimonial
Es la acción u omisión que ocasiona un menoscabo en los recursos económicos o patrimoniales de las mujeres por su condición de tales o contra cualquier integrante del grupo familiar, en el marco de relaciones de poder, responsabilidad o confianza, por ejemplo, a través de:
Es la acción u omisión que ocasiona un menoscabo en los recursos económicos o patrimoniales de las mujeres por su condición de tales o contra cualquier integrante del grupo familiar, en el marco de relaciones de poder, responsabilidad o confianza, por ejemplo, a través de:
·
La
perturbación de la posesión, tenencia o propiedad de sus bienes;
·
La
pérdida, sustracción, destrucción, retención o apropiación indebida de objetos,
instrumentos de trabajo, documentos personales, bienes, valores y derechos
patrimoniales;
·
La
limitación de los recursos económicos destinados a satisfacer sus necesidades o
privación de los medios indispensables para vivir una vida digna; así como la
evasión del cumplimiento de sus obligaciones alimentarias;
·
La
limitación o control de sus ingresos, así como la percepción de un salario
menor por igual tarea, dentro de un mismo lugar de trabajo.
En los
casos en que las mujeres víctimas de violencia tengan hijos/as y estos/as vivan
con ellas, la limitación de los recursos destinados a satisfacer sus
necesidades o privación de los medios indispensables para vivir una vida digna,
así como la evasión de sus obligaciones alimentarias por parte de la pareja, se
considerará como una forma de violencia económica o patrimonial contra la mujer
y los/las hijos/as.
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